¿CONOCE LAS DIFERENCIAS ENTRE LAS MODALIDADES DE TRABAJO EN CASA O TRABAJO REMOTO Y TELETRABAJO?
TRABAJO EN CASA:
Con ocasión de la pandemia que atraviesa el mundo, muchos Países entre ellos Colombia, a través de un decreto de Gobierno, permitieron a las Empresas, organizar a aquellos trabajadores que por la naturaleza de sus funciones no tienen que laborar de forma presencial en las oficinas, para realizar sus actividades de forma remota desde sus casas y de esta manera contribuir a la disminución de contagios del Covid 19.
Esta modalidad de trabajo será temporal, debe pactarse por escrito por períodos de tres (3) meses prorrogables por el mismo tiempo, hasta que sea regulado formalmente por el Gobierno o hasta que termine la emergencia de salud que obligó al Gobierno a su adopción.
Legalmente cuando se estableció el trabajo en casa, no obligaron a las Empresas a contribuir a sus trabajadores para gastos adicionales de luz y uso de internet, sin embargo algunos empleadores lo asumieron voluntariamente, pagando un auxilio extralegal no salarial a sus empleados mensualmente y así lo pactaron por escrito, sólo para uso al servicio de la Empresa. De igual forma, algunos empleadores pactaron que estos gastos los asumirá cada trabajador.
La modalidad de trabajo en casa, no requiere modificar el Reglamento de trabajo, ni los manuales de funciones, excepto si es estrictamente necesario para desarrollar ciertas actividades.
La Empresa debe enviar a las ARL , la relación de sus empleados bajo la modalidad de trabajo en casa.
TELETRABAJO.
Modalidad de trabajo en Colombia conforme a la Ley 1221 de 2008 y el Decreto reglamentario 0884 de 2012.
Consiste en el desempeño de una actividad remunerada, o la prestación de servicios a terceros, por lo menos dos días a la semana, utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación entre la Empresa y el teletrabajador, sin requerirse la presencia física del empleado en las instalaciones de la Empresa.
La Empresa debe registrar a sus teletrabajadores ante el Ministerio de Trabajo.
También le debe facilitar la adecuación de su puesto de trabajo , conforme a los programas de salud y seguridad en el trabajo. Así mismo, proveer los equipos, pago de conexión a internet y de energía.
Algunos trabajadores se vinculan a la Empresa bajo esta modalidad, pero otros quieren pasarse a Teletrabajo, para ello, debe acordarse por escrito entre Empresa y trabajador, debe ser por voluntad del trabajador, no imponerse.
La regulación del Teletrabajo debe incluirse en el reglamento de Trabajo de las Empresas.
La Empresa debe reportar a las ARL la relación de los Teletrabajadores.
El teletrabajo adicional, después de cumplir la jornada diaria ordinaria, se debe reconocer como trabajo extra y así se debe pagar.
PROYECTO DE LEY QUE REGULA EL TRABAJO EN CASA:
Aprobado por el Congreso de Colombia y listo para firma del Presidente como Ley de la República, el proyecto que regula el Trabajo en casa. De esta manera se establecerán lineamientos claros, tanto para Empresas como para sus colaboradores, frente a esta modalidad de trabajo, dentro de la relación laboral
Resalto a continuación los aspectos más importantes del proyecto que presentó el Ministerio de Trabajo al Congreso para su discusión y aprobación:
El objeto es regular el trabajo en casa como una forma de prestar servicios tanto en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en una relación laboral tanto en el sector público como el privado, eso sí, conservando siempre las condiciones laborales pactadas en sus contratos, al inicio de la relación laboral.
Las funciones, actividades y servicios, se deben desarrollar de forma armónica, fijando medios y herramientas con la Empresa, a fin de lograr objetivos, hacer seguimiento, controles, reportes y evaluación, con una adecuada comunicación.
Desconexión laboral: El trabajador debe cumplir los horarios de trabajo pactados en sus contratos iniciales, la jornada laboral máxima será de 8 horas diarias y 48 a la semana.
Tendrán derecho al pago de horas extras si el trabajo así lo amerita, 2 diarias máximo y 12 semanales. También se les debe reconocer el recargo por trabajo nocturno, festivo y/o dominical.
Se les debe respetar el balance entre la vida laboral y personal, para ello después de cumplir su jornada diaria, la empresa no debe interrumpir el tiempo de descanso o para compartir en Familia. Los empleadores deben promover las pausas activas dentro de la jornada diaria en casa.
Auxilio de conectividad digital: Sustituye el auxilio de transporte que reciben actualmente los trabajadores que devengan hasta 2 SMMLV, por que ya no tienen que trasladarse a la Empresa, por tanto, ese dinero se destinará para pagar el servicio de energía y el uso de internet, producto del trabajo en casa.
Elementos de trabajo: Los trabajadores tanto del sector privado como del público, podrán disponer de sus propias herramientas y equipos, previo acuerdo con su empleador y/ o entidad pública. Si no se llega a un acuerdo, El Empleador suministrará los equipos, sistemas de información y materiales necesarios.
Los trabajadores en casa gozarán de todos los derechos derivados de su relación laboral , la Empresa debe promover las capacitaciones y el desarrollo de competencias digitales de sus empleados.
Las Empresas deberán seguir garantizando la seguridad y salud en el trabajo de sus empleados, tanto para los que asisten a sus instalaciones, como para los que trabajan en casa, estableciendo campañas y asesorías permanentes de prevención, en pro de la salud física y mental de estos. Igualmente deberán continuar realizando actividades de bienestar y hábitos saludables en la medida en que la situación lo permita.
Si las circunstancias excepcionales, ocasionales o especiales que dan origen a esta modalidad de trabajo, permanecen en el tiempo, la Empresa de común acuerdo con el trabajador puede pasarlo a la modalidad de Teletrabajo, cumpliendo con los requisitos de Ley.
El empleador unilateralmente podrá en cualquier momento dar por terminada la modalidad del trabajo en casa.
En mi opinión, es necesaria la regulación del trabajo en casa, a fin de continuar garantizando el cumplimiento de los derechos y obligaciones tanto de trabajadores como de Empleadores.
Por otro lado, se va a lograr el equilibrio entre la vida familiar y laboral de los trabajadores, respetando los tiempos para descanso dentro de su jornada y después de esta, lo que redundará en mayor productividad, bienestar y salud.